Sí, puedes cobrar la pensión y ejercer como alternativo/a al RETA con Alter Mutua, siempre que la pensión de jubilación no provenga del Régimen General de los Trabajadores Autónomos (RETA) como abogado/a (CNAE 731).
admin_preproduccion2022-03-15T12:57:00+01:00