¿Qué les ocurriría si algún día no estoy? Esta es una pregunta que todos los padres y madres del mundo se han hecho alguna vez. En Alter Mutua te ayudamos a asegurar su bienestar económico pase lo que pase.
¿Qué cubre?
La renta de Orfandad te permite asegurar unos ingresos periódicos y garantizados para tus hijos en caso de fallecimiento del padre, madre o tutor legal, por enfermedad o accidente, tanto si el fallecimiento se produce en ámbito particular como en el profesional.
Otras ventajas
- Puedes adaptar la renta de Orfandad a tus necesidades con total flexibilidad:
- Importe de la prestación: hasta 800 €/mensuales por cada hijo.
- Renta constante o creciente anualmente.
- Periodo de la cobertura: hasta que el beneficiario cumpla la edad de 18, 21 o 25 años.
- La prestación de Orfandad es compatible con cualquier otra prestación, de la propia mutua o de cualquier otra entidad pública y/o privada (Seguridad Social, etc.).
Periodos de carencia
Cobertura inmediata
- Sin carencia en caso de defunción por enfermedad o accidente.
12 meses
- Defunción por suicidio.
Contratación
Preguntas frecuentes