Plan de Previsión Asegurado2024-04-18T17:59:42+02:00
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Plan de Previsión Asegurado

La mejor garantía para tu jubilación

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La mejor garantía para tu jubilación

El Plan de Previsión Asegurado (PPA) es un plan de ahorro pensado para ayudarte en planificar tu jubilación con total garantía y sin sustos, para disfrutar de una fuente de ingresos que te permita llevar a cabo tus proyectos de futuro.

¿Qué cubre?

El PPA te garantiza un capital para la jubilación mediante un interés técnico anual y tiene las mismas ventajas fiscales que los planes de pensiones.

Te permite realizar aportaciones periódicas para constituir un ahorro de forma constante o hacer aportaciones puntuales. En cualquier caso, la suma de todas las aportaciones está limitada a 1.500 € al año.

Rentabilidad

  • El PPA tiene un interés bruto anual garantizado del 3% los dos primeros años.

  • A partir de la tercera anualidad, tiene una rentabilidad mínima garantizada del 0,25% más la participación en los beneficios obtenidos en cada ejercicio: si la rentabilidad obtenida supera el interés mínimo garantizado, este beneficio revierte sobre tus ahorros.

  • La rentabilidad de los últimos seis ejercicios ha sido del 3% anual bruto (rentabilidades pasadas no presuponen rentabilidades futuras).

Asegura tus aportaciones

  • Tienes la opción de complementar este seguro de ahorro con la exoneración de las aportaciones periódicas en caso de incapacidad permanente y absoluta.

Otras ventajas

  • Total flexibilidad en las aportaciones periódicas: desde 20 € al mes, tú eliges tu ritmo de ahorro.

  • Posibilidad de realizar traspasos de planes de pensiones o PPAs de otras entidades (bancos, mutualidades, aseguradoras, etc.) a Alter Mutua sin coste alguno. ¡Nosotros te ayudamos a hacerlo!

  • Protección familiar: en caso de fallecimiento, tus herederos recibirán la totalidad del ahorro acumulado.

  • Disfruta de todos los supuestos excepcionales de liquidez anterior a la jubilación previstos por la legislación vigente: enfermedad grave, paro de larga duración, etc.

  • Cuando llegue el momento de la jubilación, podrás decidir cómo quieres percibir tu dinero: en forma de capital (un solo pago) o en forma de renta vitalicia.

Fiscalidad

Tus aportaciones pueden reducirse de la base imponible general.

Esta reducción tiene como límite la menor de las siguientes cantidades: 1.500 € anuales o el 30% de la suma de los rendimientos netos del trabajo y de actividades económicas percibidos individualmente en el ejercicio.

Artículo 51.3 de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

Contratación

Edad

  • Pueden contratar este seguro todos los mutualistas y sus asegurados.

Cobertura

  • La cobertura del Plan de Previsión Asegurado se extinguirá al llegar al vencimiento.

Documentación

  • Reglamento: Título XV del reglamento del Plan de Previsión Asegurado “Ahorro”.Descargar

  • Reglamento: Título XXIV del reglamento de la prestación complementaria de Exoneración por Incapacidad Permanente Absoluta.Descargar

De acuerdo con lo que prevé la Orden ECC/2316/2015, de 4 de noviembre, relativa a las obligaciones de información y clasificación de productos financieros, el indicador de riesgo de este producto es el informado en el cuadro adjunto y las alertas de liquidez son las que se detallan a continuación:

1/6

Este número es indicativo del riesgo del producto, siendo 1/6 indicativo de menor riesgo y 6/6 de mayor riesgo.

🔒​🔒​ “El reembolso, rescate o devolución anticipada de una parte o de todo el principal invertido están sujetos a comisiones o penalizaciones”.

🔒​🔒​ “El cobro de la prestación o el ejercicio del derecho de rescate solo es posible en caso de evento de alguna de las contingencias o supuestos excepcionales de liquidez regulados en la normativa de planes y fondos de pensiones”.

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Preguntas frecuentes

En caso de muerte, ¿cómo tributará el capital que percibirán los beneficiarios?2022-03-15T13:25:53+01:00

El importe que percibirán los beneficiarios tributará como rendimiento de trabajo.

¿Cómo tributará el capital que percibiré cuando me jubile?2022-03-15T13:25:20+01:00

El importe percibido tributará como rendimiento de trabajo.

¿Podré cobrar el capital en forma de renta vitalicia?2022-03-15T13:14:08+01:00

Sí, cuando te jubiles podrás escoger entre cobrar todo el capital acumulado y convertirlo en una renta vitalicia o cobrar una parte y convertir el resto en una renta vitalicia.

¿Puedo perder mi dinero?2022-03-15T13:13:21+01:00

No, en Alter Mutua, tu capital y rentabilidad están garantizados.

¿Qué es la participación en beneficios?2022-03-15T13:12:54+01:00

La participación en beneficios es la distribución entre los asegurados, al final del ejercicio, de los excedentes de rentabilidad que ha conseguido Alter Mutua.

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