Seguro de Dependencia
Lo mejor que podemos ofrecer: nuestra ayuda
Pago de una pensión mensual vitalicia en caso de situación de incapacidad para desarrollar la vida cotidiana de forma autónoma, y en concreto ante la imposibilidad de realizar varias actividades vitales básicas, varias veces al día.
Cobertura
- Gran dependencia: estado de limitación física o psíquica irreversible, que implica que la persona necesita ayuda continúa para realizar varias actividades básicas de la vida diaria, varias veces al día.
- Dependencia severa: estado de limitación física o psíquica irreversible que implica que la persona necesita ayuda para realizar varias actividades básicas de la vida diaria, dos o tres veces al día, pero que no requiere la ayuda permanente.
1.000 euros/mes |
500 euros/mes |
- Cobertura vitalicia para abogados y familiares.
- Producto adaptado a la Ley 39/2006 de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia.
Periodos de carencia
- Accidente: cobertura inmediata
- Enfermedad: 24 meses
Productos relacionados
Invalidez Profesional:
Indemnización del capital asegurado en caso de que el mutualista no tenga la capacidad para desarrollar el ejercicio de la abogacía debido a reducciones anatómicas o funcionales graves a causa de enfermedad o accidente.
Incapacidad Permanente Absoluta:
Pensión mensual en el caso de no poder desarrollar ninguna relación laboral o actividad profesional debido a una situación física irreversible provocada por enfermedad o accidente.
Gastos Médicos:
Indemnización en caso de diagnóstico de enfermedad, óptica, ortopedia y prótesis. Se incluye dentro de la cobertura la indemnización por compra de gafas, lentes de contacto, muletas, bastones ingleses, sillas de ruedas, andadores y audífonos.
Para más información:
Tel. 93 207 77 75
asesores@altermutua.com